RECUPERO DE DEUDAS

Es muy frecuente que tanto los particulares como las empresas y consorcios de copropietarios no posean un departamento “especializado” en este tipo de contingencias y por ello resulta usual que los deudores evadan y manipulen a la persona encargada de su seguimiento o bien éstos vuelvan a repetir su ciclo de morosidad de manera habitual. Lo que termina por desgastar al personal encargado de la gestión de cobro, haciendo que esos activos engrosen las pérdidas de la empresa y terminan por conceptuarlos como “deudas incobrables”.

Nuestro grupo de trabajo se encuentra altamente calificado para realizar las tareas de cobro de toda deuda documentada, que sumado a nuestra vasta experiencia y a la utilización herramientas de telemarketing/e-marketing, que se adaptan a cada uno de los requerimientos del cliente, hacen de este departamento un servicio esencial para reestablecer el equilibrio de las finanzas de su empresa.

En una primera etapa, la extrajudicial, se comienza analizando no sólo la situación particular de cada deudor, sino los estados contables del cliente que requiere nuestros servicios, a fin de implementar una estrategia adecuada. Se estudia la forma y metodología con que se va a abordar al moroso, que van desde el lenguaje que se va a emplear hasta la forma de financiar su deuda, a efectos de que las condiciones establecidas para el pago de la misma perduren en el tiempo y de esa manera se pueda revertir el ciclo de cesación de pagos. En este primer contacto se informa al deudor sobre los costos futuros que evitará si decide acogerse a la oferta de regularización.

En una segunda etapa, en caso de no obtener respuesta de parte del deudor en el corto plazo, luego del contacto telefónico/electrónico, se lo intima por medio fehaciente constituyéndolo en mora legalmente. Y como última ratio, una vez vencido el plazo para que cumpla dado en la intimación, para aquellos deudores crónicos, se recurre a la via judicial a efectos de compelerlo al pago de su deuda.

El proceso extrajudicial puede ser dejado de lado si el cliente considera que el mismo puede poner en riesgo el efectivo cobro de sus créditos o entiende que ello sería poco fructifero. 

Una vez dentro del proceso judicial de ejecución, se puede incluso llegar a embargar los sueldos/haberes que percibe el deudor, se pueden trabar medidas cautelares sobre sus bienes, cuentas bancarias, inmuebles, vehículos, etc. o bien inhibirlo para contratar. Este tipo de medidas se utilizan no sólo para generar una presión sobre el moroso, sino como un medio para asegurar el resultado del juicio y poder cobrar la acreencia, evitando el riesgo de que el deudor se insolvente en fraude a sus acreedores.

El comienzo del proceso judicial no implica que los esfuerzos extrajudiciales, en caso de ser requeridos por el cliente, se suspendan, por el contrario, iniciado el mismo la intensidad en las acciones de cobro del crédito aumentan.

El Estudio Jurídico puede trabajar tanto como un departamento externo como interno, de acuerdo a los requerimientos del cliente. Manteniendo siempre un asesoramiento y comunicación constante no sólo con los órganos de Administración y Gobierno de la empresa o Consorcio de Copropietarios, sino también con sus Estudios Contables y Comisiones, con el objetivo de llevar adelante de manera más eficiente y coordinada la gestión de cobro.

 

Costos del Servicio

1. Durante la etapa extrajudicial el costo de las gestiones son a cargo del Estudio Jurídico.

2. El inicio del proceso judicial implica la erogación de la Tasa de Justicia, sobre Tasa de Justicia, gastos administrativos y de representación judicial y de corresponder timbrado y sellados, los que son a cargo del cliente.

3.  Los honorarios: Como regla general los honorarios del Estudio son a cargo del deudor y el cliente solo abona lo pactado en el contrato de Gestión y Recupero de deudas, que normalmente es un porcentaje de la deuda total (deuda original, intereses moratorios y punitorios) efectivamente recuperada.

 

Lo más relevante es que el cliente no se tendrá que preocupar en efectuar personalmente el cobro de la/s deudas ni considerarlas por perdidas por no afrontar los esfuerzos necesarios para recuperar sus créditos y de esa manera consolidar sus activos.

Esperamos su consulta y coordinaremos una entrevista personal para ofrecerle un servicio a su medida.